Empleo habilita en su web una plataforma específica para las
solicitudes para agilizar el proceso de resolución

Hoy se ha abierto el plazo para que los trabajadores autónomos puedan
solicitar las ayudas a tanto alzado de entre 900 y 1.200 euros (estas últimas
específicas para el sector de ocio nocturno e infantil) para cubrir sus gastos de
arrendamiento en sus negocios.

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicó ayer el extracto de convocatoria que fija la apertura de plazo desde hoy y hasta el 30 de octubre (20 días hábiles) para presentar las solicitudes, que podrán realizarse solo por vía telemática, para lo que la
Consejería ha habilitado una plataforma específica
(https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/areas/medidas-covid19/pymes-autonomos/paginas/ayudas-alquiler-autonomos.html#cinco).

Para la presentación electrónica, los autónomos podrán utilizar los sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada, basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación».

Esta herramienta on line permitirá tanto agilizar la tramitación como el proceso
de resolución de estas ayudas, y que se realizará mediante procesos de
automatización para que los autónomos dispongan de este incentivo cuanto
antes a través de transferencia bancaria del 100% del pago.

Estas nuevas líneas de subvenciones responden a la situación de
vulnerabilidad sobrevenida que afrontan los trabajadores autónomos por las
graves consecuencias económicas causadas por el COVID-19, y tiene como
finalidad favorecer el sostenimiento de su actividad. En el caso de los
autónomos de los sectores del ocio y esparcimiento, incluido el infantil, se
valora las pérdidas económicas que están sufriendo por el cierre continuado
de sus negocios para incrementar la ayuda destinada al colectivo con carácter
general.

Con un presupuesto inicial de 9 millones de euros, el decreto establece que se
puedan ampliar posteriormente los créditos disponibles en el caso de que se
agote la ayuda y sin necesidad de abrir nuevas convocatorias de los
incentivos, así que se prevé que beneficie inicialmente a unos 9.400
trabajadores autónomos.

Así, se establece una línea 1 destinada a trabajadores por cuenta propia que
alcanza los 900 euros, y que cuenta con un presupuesto de 7 millones de
euros; mientras que la línea 2, destinada a autónomos del sector del
esparcimiento y establecimientos recreativos infantiles, alcanza los 1.200
euros y cuenta con un presupuesto de 2 millones de euros.

Requisito
Podrán ser beneficiarios de la ayuda los trabajadores por cuenta propia o
autónomos con domicilio social en Andalucía, que estén dados de alta en el
Régimen Especial de Seguridad Social del colectivo a fecha de 14 de marzo,
cuando se declaró el estado de alarma, y se exige que aún mantengan este
alta 4 meses desde la fecha de inicio de la convocatoria de ayudas (hasta el 2
de febrero). También se establece como requisito a los beneficiarios que en el
ejercicio fiscal de 2019 las bases liquidables general y de ahorro en el IPRF
no superen 5,5 veces el Indicador de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de
2020 (41.357,74 euros) si presentan declaración individual, o 7 veces el IPREM (52.637,13) si presentan declaración conjunta. Se excluye también a
los autónomos societarios (aquellos que han constituido una empresa o
sociedad mercantil).

Para solicitar la ayuda, los autónomos deben ser arrendatarios del local de
negocio o establecimiento en el que desarrollan su actividad, y se exige que la
fianza se haya depositado en la Agencia de Vivienda de Rehabilitación de
Andalucía (AVRA). Se excluye igualmente aquellos arrendamientos que
forman parte de la vivienda habitual del solicitante.

En el caso de la línea 2, se mantienen los requisitos mencionados y se
establece que su actividad debe estar incluida en los CNAE correspondientes
a “establecimientos de bebidas” o “otras actividades recreativas y de
entretenimiento”.

Estas subvenciones son compatibles con el resto de ayudas que recibe el
colectivo, salvo que por el mismo concepto de arrendamiento del local reciban
ya una ayuda superior a la fijada.

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